Newsletter Nº9
23 de Noviembre 2023

LIMITES JUDICIALES A LAS RESTRICCIONES ARBITRARIAS QUE IMPIDEN EL ACCESO AL SISTEMA DE IMPORTACIONES REPÚBLICA ARGENTINA (SIRA)


Ante una problemática común de las empresas importadoras, en tanto de una manera automática, arbitraria e ilegal, sin fundamento alguno se les impide el acceso al SIRA, por ­la existencia de reclamos administrativas y/o judiciales oportunamente presentados a efectos de impugnar el régimen SIMI, vigente con anterioridad; se destaca el fallo de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala II, dictado en la causa "Todo Bujes SRL c/ EN", el día 13/06/2023.

La Cámara confirma la medida cautelar decretada por el juez de primera instancia, en virtud de la cual se le ordenara al Estado Nacional, AFIP - DGA y BCRA que se abstuvieran de ejecutar cualquier tipo de acto y/o hecho, que constituyera una restricción, limitación y/o impedimento, con respecto al ingreso al SIRA a los efectos de oficializar la tramitación de las declaraciones de importación.

Considerar el inicio de acciones judiciales como una práctica -de por sí- abusiva e instar a la actora a desistir de tales acciones, so pena de verse impedida de acceder al SIRA, atentaba contra su derecho a la tutela judicial efectiva, de defensa en juicio y debido proceso adjetivo, consagrados en la Constitución Nacional.
Asimismo, se recordó que los procedimientos administrativos han de ser conducidos asegurando el debido proceso adjetivo y sustantivo, lo que comprende no sólo el derecho a ser oído sino también a la obtención de una decisión fundada; situación que, en su entendimiento, no se observaría en la especie.

 

Para cualquier consulta sobre este tema u otro sobre el régimen penal tributario o delitos económicos, comunicarse con Mónica Callari en monica@bnc.com.ar o telefónicamente al 114378-2006.