Memorandum 005-2023

13 de Enero

SEGURIDAD SOCIAL

OBLIGACIONES DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL. PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Y/O PAGO. VENCIMIENTOS PRODUCIDOS ENTRE LOS DÍAS 9 Y 11 DE ENERO DE 2023. PRÓRROGA

Se dispone la consideración de cumplimento en nueva fecha de vencimiento para la presentación y pago de las declaraciones juradas determinativas de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social del período diciembre 2022.

La Administración Federal de Ingresos Públicos, mediante el dictado de su RG (AFIP) 5313/2013 (B.O. 12/01/2023) establece que:
Las obligaciones de los empleadores comprendidos en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), referidas a la presentación y, en su caso, al pago de las declaraciones juradas determinativas de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social correspondientes al período devengado diciembre de 2022, con vencimientos fijados entre los días 9 y 11 de enero de 2023, ambos inclusive, se considerarán cumplidas en término siempre que se efectivicen hasta el día 13 de enero de 2023, inclusive.
Vigencia: 12/01/2023
Aplicación: 11/01/2023

 

 

 

 

REPRO 2022-2025. SUBSIDIO. SOLICITUD. PARÁMETROS. PLAZOS. FECHAS. CRONOGRAMA. PRIMER SEMESTRE 2023

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, establece las fechas de inscripción, y demás parámetros, para el “Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo” (REPRO), para los salarios devengados durante los meses comprendidos entre enero y junio de 2023.

El Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social, mediante su Resolución (MTESS) 03/2023 (B.O. 12/01/2023) establece el cronograma para acceder, durante el primer semestre del año 2023 al “Programa REPRO 2022-2025” (Ex REPRO y REPRO II), que a continuación se detalla:

MES DEVENGADO

FECHAS DE INSCRIPCIÓN

Corte actualización CBU

Parámetros

Nómina (F931)

Corte de actualización de bajas en nómina

ENERO

23/01 al 27/01

21 de enero inclusive

Dic. 2019 vs. Dic. 2022

noviembre de 2022

Hasta 21 de enero inclusive

FEBRERO

22/02 al 26/02

20 de febrero

inclusive

Ene. 2022 vs.
Ene. 2023

enero de 2023

Hasta 20 de febrero inclusive

MARZO

22/03 al 29/03

20 de marzo

inclusive

Feb. 2022 vs.
Feb. 2023

febrero de 2023

Hasta 20 de marzo inclusive

ABRIL

20/04 al 26/04

18 de abril

inclusive

Mar. 2022 vs.
Mar. 2023

marzo de 2023

Hasta 18 de abril inclusive

MAYO

22/05 al 29/05

20 de mayo

inclusive

Abr. 2022 vs.
Abr. 2023

abril de 2023

Hasta el 20 de mayo inclusive

JUNIO

21/06 al 27/06

19 de junio

inclusive

May. 2022 vs.
May. 2023

mayo de 2023

Hasta el 19 de junio inclusive

 

No considerar criterio de facturación para empresas iniciadas con posterioridad al 01/01/2022

 

Recordemos que el programa tiene las siguientes características:
Sujetos: Empleadores. Monotributistas y Autónomos
Sector: Privado
Actividades: Todas
Beneficio: Asignación dineraria individual a abonar a los trabajadores
Monto: 50% remuneración bruta (hasta 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil - SMVM)
Vigencia: 12/01/2023

 

 

ESTE MEMO CONTIENE INFORMACION DE INTERES GENERAL. NO CONSTITUYE UNA OPINION LEGAL SOBRE ASUNTOS ESPECIFICOS. EN CASO DE SER NECESARIO, DEBERA CONTACTARSE CON EL ESTUDIO.