Memorandum 032-2023

16 de Marzo

 

MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES

PROGRAMA DE INCENTIVO PARA INVERSIONES TURÍSTICAS DE PEQUEÑOS PRESTADORES (INTUR)

El Ministerio se Turismo y Deportes establece para el turismo nuevas normas de inversiones, destino, ideas y proyectos para prestadores turísticos.

Mediante la Resolución N° 67 (B.O. 13/03/2023) el M.T. y D, establece lo siguiente:
-Se convoca a personas humanas y jurídicas que desarrollen por cuenta propia y como actividad principal servicios vinculados al turismo en la REPÚBLICA ARGENTINA, para que en el plazo de OCHO (8) días corridos a partir de la entrada en vigencia de la presente medida, presenten sus proyectos de inversión en el marco del PROGRAMA DE INCENTIVO PARA INVERSIONES TURÍSTICAS DE PEQUEÑOS PRESTADORES (INTUR)” (Resolución N° 331/22 del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES).
-Se aprueban las modificaciones del Reglamento del PROGRAMA DE INCENTIVO PARA INVERSIONES TURÍSTICAS DE PEQUEÑOS PRESTADORES (INTUR) (Resolución N° 331/22 del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES), aplicables exclusivamente a la convocatoria mencionada (Anexo IF-2023-26187320-APN-DNCEITU#MTYD forman parte integrante de la presente medida).
-Se establece que el Reglamento del PROGRAMA DE INCENTIVO PARA INVERSIONES TURÍSTICAS DE PEQUEÑOS PRESTADORES (INTUR) (Resolución N° 331/22 del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES), será de aplicación a la nueva convocatoria en todo aquello que no contraríe las modificaciones aprobadas.
-Se faculta a la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ESTRATÉGICO del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES a prever modificaciones del Reglamento aprobado (Resolución N° 331/22 de esa cartera), en lo referente al procedimiento para la evaluación de los PRESTADORES TURÍSTICOS y las IDEA-PROYECTO y la ejecución de los Aportes No Reintegrables (ANR), siempre y cuando ello resulte razonable en función de la especificidad de la convocatoria a realizar.
Vigencia: 13/03/2023

 

 

IMPUESTOS LOCALES (CIUDAD DE BUENOS AIRES)

IMPUESTO DE SELLOS. TARJETAS DE CRÉDITO. DEROGACIÓN

Se deroga el impuesto de sellos, a partir del 10 de marzo de 2023, a las liquidaciones o resúmenes periódicos que las entidades emisoras de tarjetas de crédito o compra generen para su remisión a los titulares de las mismas.

A través de la Ley N° 6618 (B.O. 13/03/23) la Ciudad de Buenos Aires, establece lo siguiente:
-Se deroga el impuesto de sellos a las tarjetas de Crédito.
-Se fija en el 1,20% la alícuota a la que se refiere (artículo 344 y el Capítulo II del Título III del Código Fiscal referido a las operaciones monetarias).
-Las modificaciones previstas en la presente Ley, resultan aplicables a las liquidaciones o resúmenes periódicos que las entidades emisoras de tarjetas de crédito o compra generen para su remisión a los titulares a partir del día posterior a la sanción de la presente Ley.
Aplicación: a partir del 10/03/2023

 

 

 

ESTE MEMO CONTIENE INFORMACION DE INTERES GENERAL. NO CONSTITUYE UNA OPINION LEGAL SOBRE ASUNTOS ESPECIFICOS. EN CASO DE SER NECESARIO, DEBERA CONTACTARSE CON EL ESTUDIO.