Memorandum 008-2024
IMPUESTOS LOCALES (CIUDAD DE BUENOS AIRES)
LEY DE DISTRITO DEL VINO. Modificación a la ley del Distrito del Vino
La Ciudad de Buenos Aires modifica ley de Distrito del Vino (Ley N°6447).
Mediante la Ley N° 6692 (B.O. 4/01/2024) la Ciudad de Buenos Aires, establece lo siguiente:
-Se sustituye el texto del artículo 2° de la Ley 6447, por el siguiente:
Crear el Distrito del Vino de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante “El Distrito”, dentro del área comprendida por las calles Navarro, Concordia, Av. San Martín, General Mosconi, Campana, Av. San Martín, Av. Chorroarín, Av. Warnes, Juan Agustín García, Av. San Martín, Av. Álvarez Jonte, Terrero, Lascano, Alfredo R. Bufano, Ricardo Gutiérrez, Nogoyá, Lavallol, Vías del tren San Martín, José Pedro Varela y Cervantes, en ambas aceras, de conformidad con el Anexo I que forma parte de la presente Ley.
-Se sustituye el texto del artículo 18 de la Ley 6447, por el siguiente:
El Ministerio de Desarrollo Económico y Producción en conjunto con el Ministerio de Hacienda y Finanzas, o los organismos que en futuro los reemplacen, determinarán de manera conjunta:
- el tope máximo anual destinado al beneficio establecido en el presente Capítulo, de conformidad la disponibilidad presupuestaria; y
- el monto máximo anual de proyectos a aprobar.
-Se incorpora el artículo 24 bis a la Ley 6447, con el siguiente texto:
Las presentaciones de los proyectos de desarrollo de espacios establecidos en la presente Ley podrán efectuarse hasta el 31 de enero de 2026.
La Autoridad de Aplicación podrá prorrogar dicho plazo, por única vez y hasta el 9 de diciembre de 2027.
-Se sustituye el Anexo I de la Ley 6447 por el Anexo I que integra la presente Ley.
CLÁUSULA TRANSITORIA: Los trámites administrativos de los proyectos de desarrollo de espacios presentados ante la Autoridad de Aplicación, en curso o finalizados al momento de la entrada en vigencia de la presente Ley, seguirán rigiéndose de conformidad con el régimen vigente al momento del inicio del trámite.
IMPUESTOS LOCALES (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
CIUDAD DE BAHÍA BLANCA. IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS. ANTICIPO 11/2023. PRORROGA
Se considera presentadas y abonadas en término, las declaraciones juradas correspondientes al anticipo mensual 11/2023 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de los contribuyentes cuyo domicilio principal de actividades declarado se encuentre ubicado en el partido de Bahía Blanca debido al fenómeno climatológico.
A través de la Resolución N° 1 (B.O. 10/01/2023) la Subdirección Ejecutiva Recaudación y Catastro establece lo siguiente:
Considerar presentadas y abonadas en término hasta el día 12 de enero de 2024, inclusive, las declaraciones juradas correspondientes al anticipo mensual 11/2023 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de los contribuyentes cuyo domicilio principal de actividades declarado se encuentre ubicado en el partido de Bahía Blanca.
Vigencia: 10/01/2024
SEGURIDAD SOCIAL
SE PONE A DISPOSICIÓN DE LOS EMPLEADORES EL RELEASE 45.0 DE LA VERSIÓN 1 DEL PROGRAMA APLICATIVO SICOSS
La AFIP publica una nueva versión del aplicativo SICOSS y procedió a realizar adecuaciones a la versión “web” del mismo.
La Administración Federal de Ingresos Públicos dio a conocer que a los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el Dto. 645/2023, modifica el aplicativo SICOSS, por lo tanto, incorpora la escala de alícuotas que incrementa progresivamente los porcentajes aplicables a las Contribuciones de Seguridad Social de la Ley 24241 y de la Ley. 19032 para las Universidades Nacionales alcanzadas.
Asimismo, procede a actualizar y tener en cuenta los nuevos topes previsionales de bases imponibles (para los distintos subsistemas de la Seguridad Social) mínima y máxima - R. (ANSES) 220/2023 - y se incorpora la actualización de productores incluidos en convenios de corresponsabilidad gremial desde noviembre 2023.